Ley 21.719 ·81días restantes
Disrupsoft
Seguridad y Cumplimiento Laboral

DS 44 en Chile: qué es, a quién obliga y qué cambia respecto al DS 40

El Decreto Supremo 44 reemplazó al DS 40 y endureció los plazos y la evidencia exigida en gestión de riesgos laborales. Qué instrumentos pide y qué empresas ya deberían tenerlos listos.

DS 44 en Chile: qué es, a quién obliga y qué cambia respecto al DS 40

Un fiscalizador de la Dirección del Trabajo llega sin aviso previo y pide el Reglamento Interno, la Matriz de Identificación de Peligros y Evaluación de Riesgos, y el acta de la última reunión del Comité Paritario. Si alguno de esos documentos no existe, está desactualizado o nadie sabe dónde quedó guardado, la empresa ya está en infracción antes de que el fiscalizador termine de revisar el resto.

Esa es, en la práctica, la pregunta que responde el DS 44: qué instrumentos de gestión de riesgos tiene que tener una empresa en Chile, con qué contenido mínimo, y con qué evidencia de que están vigentes y aplicados — no solo redactados una vez y archivados.

De DS 40 a DS 44: qué cambió realmente

El Decreto Supremo 40 rigió por casi cuatro décadas como el "Reglamento sobre Prevención de Riesgos Profesionales". El DS 44 no es una actualización cosmética: reorganiza y endurece varios de esos instrumentos, y agrega exigencias que el DS 40 no contemplaba con el mismo nivel de detalle.

Los cambios que más impactan la operación diaria:

Plazos explícitos entre instrumentos. El Programa de Trabajo Preventivo debe estar listo dentro de los 30 días siguientes a tener la Matriz IPER (art. 8). Antes, esa secuencia no estaba tan claramente acotada en el tiempo.

Evidencia de entrega, no solo de existencia. Informar los riesgos a un trabajador (IRL, art. 15) ya no basta con tener el documento — se exige registro de que cada trabajador lo recibió, con firma, antes de iniciar funciones.

Trazabilidad hacia el reglamento interno. El RIOHS (art. 56) debe reflejar los datos reales de la empresa y contar con los acuses de SEREMI, Dirección del Trabajo y el organismo administrador — no es un documento genérico bajado de internet y firmado.

A quién obliga

El DS 44 aplica a toda empresa con trabajadores dependientes en Chile, sin un piso mínimo de tamaño que las exima. Lo que sí cambia según el tamaño y el rubro es el volumen de instrumentos exigibles: una empresa de 8 personas en un rubro de bajo riesgo no necesita el mismo nivel de despliegue que una faena industrial de 200. Pero la obligación de tener Matriz IPER, RIOHS, Comité Paritario (cuando corresponde por dotación) y Plan de Emergencias es transversal.

Las empresas con mayor exposición inmediata son las que ya fueron fiscalizadas bajo el DS 40 y asumen que "ya tienen esto resuelto" porque el reglamento interno de hace cinco años sigue en una carpeta. El DS 44 no reconoce automáticamente esos documentos como vigentes si no cumplen con el contenido y la evidencia que exige hoy.

Los ocho instrumentos que un fiscalizador puede pedir

En términos concretos, esto es lo que un sistema de gestión DS 44 completo debería poder mostrar en el momento en que se lo pidan, no reconstruir en los días siguientes:

  • Matriz IPER (art. 7) — identificación de peligros por tarea y cálculo de nivel de riesgo. Es la base de la que se derivan el IRL, el RIOHS y el Programa de Trabajo Preventivo.
  • IRL (art. 15) — informe individual de riesgos del puesto, entregado y firmado antes del inicio de funciones.
  • RIOHS (art. 56) — el reglamento interno propiamente dicho, con los acuses correspondientes.
  • Programa de Trabajo Preventivo (art. 8) — planificación anual de actividades vinculadas a los riesgos detectados.
  • Plan de Emergencias (art. 19) — amenazas, roles, recursos con fecha de vencimiento y actas de simulacro.
  • Gestión de EPP (art. 13) — catálogo, entregas firmadas y evaluación de uso.
  • Comité Paritario de Higiene y Seguridad (art. 23) — constitución, actas y programa anual, cuando la dotación lo exige.
  • Investigación de accidentes (Ley 16.744) — expediente con metodología de árbol de causas y pronunciamiento del Comité.

El problema no es no saber qué hacer — es no poder probarlo

La mayoría de las empresas que fallan una fiscalización DS 44 no lo hacen porque ignoraban la norma. La falla más común es tener los instrumentos parcialmente hechos, dispersos entre carpetas compartidas, correos y papel, sin ninguno vinculado al siguiente — la Matriz IPER no conecta con el Programa de Trabajo Preventivo, el IRL no tiene firma registrada, nadie puede mostrar cuándo se hizo el último simulacro.

Un sistema de gestión que encadene estos ocho instrumentos entre sí — donde la Matriz IPER alimenta automáticamente al resto, y cada entrega queda con firma y fecha — es la diferencia entre responder una fiscalización en minutos o reconstruir meses de historial bajo presión.


Si quiere saber en qué estado está su empresa frente a estos ocho instrumentos, el diagnóstico DS 44 de Constata da un resultado inmediato por área, sin dejar datos de contacto.

Ds 44Seguridad LaboralCumplimientoChile

Sigue leyendo