Ley 21.719 ·82días restantes
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Preguntas frecuentes

¿A qué empresas les aplica el DS 44?

A toda entidad empleadora regida por la Ley 16.744, desde el primer trabajador contratado. Solo el RIOHS (10 o más), el Delegado de SST (10 a 25) y el Comité Paritario (25 o más) dependen del número de trabajadores.

¿Desde cuándo se fiscaliza el DS 44?

El DS 44 rige desde el 1 de febrero de 2025 y la Dirección del Trabajo ya fiscaliza con el Formulario Único de Fiscalización.

¿Reemplaza a mi prevencionista o a mi organismo administrador?

No. Es la plataforma sobre la que su asesor y su mutual trabajan. El conocimiento experto sigue siendo necesario, pero deja de vivir en carpetas.

¿Los documentos que genera sirven ante una fiscalización?

Se generan siguiendo la estructura que exige la normativa y quedan con la identificación de la empresa, sus firmas y su fecha. La valoración de cada documento en una fiscalización concreta corresponde siempre a la autoridad.

¿Qué pasa con los datos de mis trabajadores?

Cada empresa está aislada a nivel de base de datos, todos los accesos y cambios quedan trazados, y la retención de cada registro está definida con purga automática.

¿Cuánto demora implementarlo?

El sistema trae un onboarding de 13 pasos con tiempo estimado en cada uno; el más largo es de 30 minutos. Lo determinante es tener la nómina y los procesos definidos.